sala de ensayos - trabajo sindical - laboratorio de teatro - asociación civil en trámite- (Sarmiento 2899 santa fe SFE Argentina)
Hay que ser muy egoísta y tan insensible, tan avaro y tan inhumano para seguir "clavando" soja.
viernes, 15 de junio de 2007
Telefónicos: Continúan las medidas de fuerza.
Los telefónicos afiliados al SOEESIT (santa fe) continuamos con las medidas de Fuerza. Para el Martes 19 se anuncia la misma modalidad en curso, quite de colaboración y trabajo a reglamento.
jueves, 14 de junio de 2007
COMUNICACIÓN INFORMATIVA NRO. 16/07
La comisión directiva del sindicato s.o.e.e.s.i.t. santa fe, pone en conocimiento de los compañeros, que hemos recepcionado carta documento intimidatoria de la empresa telecom argentina s.a. y ante comunicaciones internas intimidatorias que están recepcionando nuestros afiliados les respondemos con nuestra carta documento nro. 846394028.
Copia textual
Rechazo su cd nº 802112704 de fecha 12/06/07 por maliciosa e improcedente. niego que mi representada sea responsable de la situación planteada. por el contrario, el único responsable de la situación que se plantea y de las eventuales consecuencias que puedan derivarse del conflicto colectivo suscitado, son las empresas telefónicas, atento su cerrada negativa a negociar de buena fe, el incremento salarial para nuestros representados, intentando imponer sumas insuficientes, y sin haber efectuado, durante los plazos de la conciliación obligatoria dictada por el ministerio de trabajo empleo y seguridad social de la nación, el mínimo esfuerzo por superar las diferencias planteadas, pues ni siquiera han planteado ofertas superadoras de la posición inicial que planteara hace mas de dos meses, en consecuencia sus intimaciones resultan infundadas e improcedentes, razón por la cual lo exhortamos a abstenerse de aplicar descuentos y/o sanciones hacia nuestros representados, producto del ejercicio regular de sus derechos constitucionales bajo apercibimiento de accionar gremial y judicialmente.
santa fe, 14 de junio de2007.
Copia textual
Rechazo su cd nº 802112704 de fecha 12/06/07 por maliciosa e improcedente. niego que mi representada sea responsable de la situación planteada. por el contrario, el único responsable de la situación que se plantea y de las eventuales consecuencias que puedan derivarse del conflicto colectivo suscitado, son las empresas telefónicas, atento su cerrada negativa a negociar de buena fe, el incremento salarial para nuestros representados, intentando imponer sumas insuficientes, y sin haber efectuado, durante los plazos de la conciliación obligatoria dictada por el ministerio de trabajo empleo y seguridad social de la nación, el mínimo esfuerzo por superar las diferencias planteadas, pues ni siquiera han planteado ofertas superadoras de la posición inicial que planteara hace mas de dos meses, en consecuencia sus intimaciones resultan infundadas e improcedentes, razón por la cual lo exhortamos a abstenerse de aplicar descuentos y/o sanciones hacia nuestros representados, producto del ejercicio regular de sus derechos constitucionales bajo apercibimiento de accionar gremial y judicialmente.
santa fe, 14 de junio de2007.
Menem borraba con el codo.
El decreto 395/92 de Menem iba contra La ley 23.696, esto es el centro de la disputa por los bonos de participación en las ganancias.
Pero si quieren ver la novela completa les dejo al pié los links donde hay varios capítulos.
Yo digo: Como colectivo de trabajores leamos, conozcamos, participemos y tomemos el caso con altura, para que esto no sea otro caso del que hablar por años y cobrar migajas en la vejez.
LEY 23.696
Sancionada: agosto 17 de 1989
CAPITULO III DEL PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA
ART. 29.- En los Programas de Propiedad Participada, el ente a privatizar deberá emitir bonos de participación en las ganancias para el personal, según lo previsto en el artículo 230 de la Ley 19 550. A tal efecto, el Poder Ejecutivo Nacional podrá hacer uso de las facultades que le otorga esta ley. Cada empleado, por su mera relación de dependencia recibirá una cantidad de bonos de participación en las ganancias determinada en función de su remuneración, su antigüedad y sus cargas de familia.
Decreto 395/92
Bs As, 05/03/1992
Artículo 4°.- La Sociedad Licenciataria Norte SA. (hoy TELECOM Argentina - STET FRANCE TELECOM S.A.) y la Sociedad Licenciataria Sur S.A. (hoy TELEFONICA Argentina S.A.) no están obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias para el personal.
Gabriel
http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=28492#
http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=31534
http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=28492
http://mepriv.mecon.gov.ar/Normas/395-92.htm
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-80488-2007-02-16.html
http://www.infobae.com/notas/nota.php?Idx=246605&IdxSeccion=100465
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/19550.htm
Pero si quieren ver la novela completa les dejo al pié los links donde hay varios capítulos.
Yo digo: Como colectivo de trabajores leamos, conozcamos, participemos y tomemos el caso con altura, para que esto no sea otro caso del que hablar por años y cobrar migajas en la vejez.
LEY 23.696
Sancionada: agosto 17 de 1989
CAPITULO III DEL PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA
ART. 29.- En los Programas de Propiedad Participada, el ente a privatizar deberá emitir bonos de participación en las ganancias para el personal, según lo previsto en el artículo 230 de la Ley 19 550. A tal efecto, el Poder Ejecutivo Nacional podrá hacer uso de las facultades que le otorga esta ley. Cada empleado, por su mera relación de dependencia recibirá una cantidad de bonos de participación en las ganancias determinada en función de su remuneración, su antigüedad y sus cargas de familia.
Decreto 395/92
Bs As, 05/03/1992
Artículo 4°.- La Sociedad Licenciataria Norte SA. (hoy TELECOM Argentina - STET FRANCE TELECOM S.A.) y la Sociedad Licenciataria Sur S.A. (hoy TELEFONICA Argentina S.A.) no están obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias para el personal.
Gabriel
http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=28492#
http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=31534
http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=28492
http://mepriv.mecon.gov.ar/Normas/395-92.htm
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-80488-2007-02-16.html
http://www.infobae.com/notas/nota.php?Idx=246605&IdxSeccion=100465
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/19550.htm
Continuidad de las medidas de fuerza
Como continuidad de las medidas de fuerza, el SOEESIT en COMUNICACIÓN INFORMATIVA NRO. 15/07 da a conocer la aplicación de trabajo a reglamento y quite de colaboración a partir de la hora cero del día 14 de junio.
lunes, 11 de junio de 2007
Las presiones de la empresa.
Es momento de mostrar unidad, y apoyo a la dirigencia.
Muchas críticas se pueden hacer, pero no es el momento.
Es momento de medir fuerzas ante la patronal, y ser uno el que golpea y en una dirección.
Claro que las cosas las podemos hacer de otro modo, pero ahora es imperioso ir juntos al paro, hasta las últimas consecuencias.
Es mi modesta opinión.
Muchas críticas se pueden hacer, pero no es el momento.
Es momento de medir fuerzas ante la patronal, y ser uno el que golpea y en una dirección.
Claro que las cosas las podemos hacer de otro modo, pero ahora es imperioso ir juntos al paro, hasta las últimas consecuencias.
Es mi modesta opinión.
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